miércoles, 17 de noviembre de 2010

Legislar la transición gubernamental

BITÁCORA MUNICIPAL


Por Enrique Chávez Estudillo*

 
Prácticamente en todos los espacios informativos se habla de la transición entre los gobiernos estatal y municipal que salen y los que entran y, además, se ha convertido en un hecho constante el que se analice o se mencione si las relaciones entre ambas administraciones son tersas, tensas, institucionales, amistosas o de confrontación.


En este sentido, es normal que existe interés de los medios de comunicación, de la clase política y de un sector importante de la ciudadanía en el proceso de Entrega-Recepción entre un gobierno saliente y el que llega, porque existe una expectativa general de que este mecanismo se dé con transparencia, institucionalidad y apego a la normatividad vigente.

El problema, sin embargo, es que la legislación actual de este período de transición gubernamental es –a todas luces – incompleto e impreciso, ya que las leyes Estatal de la Administración Pública y la Orgánica Municipal no lo regulan a cabalidad, no establecen obligaciones y derechos de los involucrados y, muchos menos, incluyen tiempos, formas o participantes en el proceso.

Ambas leyes solamente señalan que debe haber un proceso en que el gobierno saliente entregue los bienes inmuebles de la administración y que el entrante los reciba, pero no establece los derechos u obligaciones de ambos y, en consecuencia, el hecho de que la transición gubernamental se dé con transparencia e institucionalidad depende de la buena o mala voluntad política de las partes.

 
Por lo mismo, el gobierno que sale puede retardar el proceso u ocultar y negar información de rubros delicados, como Gobernación, Finanzas, Nómina, entre otros; mientras que la gestión entrante podría tratar de asumir funciones que todavía no le corresponden.

Este contexto hace necesario legislar, para que la transición gubernamental se dé con transparencia, institucionalidad y sirva para que el gobierno entrante conozca cómo recibe la administración pública, qué programas u obras se están ejecutando en ese momento o podrían quedar pendientes y en qué estado se encuentran la gobernabilidad y las finanzas del municipio, estado o país.

 
Para ello, se requiere que la ley establezca cuándo debe comenzar la transición, quiénes deben intervenir en ella, qué tipo de información o documentos está obligado a facilitar el gobierno saliente, qué puede hacer la gestión entrante con estos datos y de qué manera tiene que concretarse el proceso.

Solamente así se evitarán simulaciones, fricciones, rupturas u ocultamientos en los procesos de Entrega – Recepción, aparte de que se evitaría que este mecanismo normal e importante para la vida pública dependa de la buena o mala voluntad de los participantes o de la lucha partidista y hasta personal.

*Presidente de la Comisión de Derechos Humanos en el Cabildo de Puebla



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